Medidas de protección por violencia en el contexto familiar entra aquí en un momento concreto: antes de avanzar, el expediente debe transformar hechos y documentos en una decisión jurídica verificable. En una frase: monitorear el cumplimiento y el riesgo. Momento del trámite Se revisan en conjunto la solicitud, la respuesta posible y los derechos de todas las personas involucradas. Esta es la fase de seguimiento y cumplimiento; no debe confundirse con el resultado final del servicio. Qué ocurre en esta fase El equipo jurídico debe monitorear el cumplimiento y el riesgo. Cada afirmación relevante se contrasta con el documento, registro, prueba o declaración que corresponda. Si la información cambia la competencia, la legitimación, la seguridad de una persona o el tipo de trámite, se corrige la ruta antes de continuar. Plazo y punto de control 30 días — Presentación de la solicitud de protección. El conteo parte de la fecha del hecho violento, clasificada frente a hechos continuados o reiterados; el abogado debe confirmar el hecho y la fecha reales. Base indicada: Ley 294, art. 9. Regla de conteo: nunca se marca un término como vencido sin verificar día inicial, forma de notificación, días hábiles o calendario, suspensión y norma especial. Actuación, decisión o recurso posible Este avance es una decisión técnica de la ruta y no tiene, por sí solo, un recurso judicial. Si una autoridad emite un auto, resolución o acto, el abogado revisa la notificación y el medio de impugnación específico antes de contar cualquier término. ¿Cómo sabemos que avanzó? Las actuaciones de esta fase tienen soporte, los datos críticos no presentan contradicciones y el abogado responsable aprobó el cambio de estado. El expediente queda listo para incumplimiento y sanciones. Base jurídica de la faseLey 2126, art. 13 y/o regla 16. Fuentes oficiales para verificarLey 294 de 1996 — violencia intrafamiliarLey 2126 de 2021 — comisarías de familiaLey 1257 Contenido trazado a KB-043, versión 1.0.0. La aplicación al caso concreto requiere revisión humana.