El expediente llega a un punto concreto: pruebas y decisión. El objetivo es avanzar con evidencia, sin confundir dominio, posesión, tenencia ni estado registral. En una frase: Litigar las pruebas y obtener la decisión. Qué está pasandoLitigar las pruebas y obtener la decisión Qué debe revisar el equipo jurídicoLitigar las pruebas y obtener la decisión. Plazo y momento procesal6 meses — Duración legal de referencia para la primera instancia. Base: Ley 1561 Art 23.3 meses — Duración legal de referencia para la segunda instancia. Base: Ley 1561 Art 23.Regla de seguridad: antes de contar se verifica el día inicial, la forma de notificación, si son días hábiles o calendario, las suspensiones y la norma especial. Actuación, decisión o recursoAl notificarse la decisión se revisan alcance, congruencia, ejecutoria y los recursos que permita la norma especial. Los términos se cuentan desde la notificación válida. Cómo sabemos que avanzóLa actuación tiene soporte, los datos del inmueble son coherentes y el abogado responsable aprobó el cambio de fase. El expediente queda listo para registro de la sentencia. Fuentes oficiales y trazabilidadLey 1561 de 2012 — titulación y falsa tradiciónCódigo General del ProcesoEstatuto de Registro de Instrumentos PúblicosDocumento interno: KB-070, versión 1.0.0.