En esta fase la prioridad es proteger la identidad, la voluntad, la participación y los efectos jurídicos de la persona.En una frase: Aportar una valoración válida o solicitar que el juez disponga su realización. Qué está pasandoEl trámite se encuentra en preparar la valoración de apoyos. Todavía no se presume cumplido el resultado: debe construirse con documentos, participación accesible y control de la autoridad competente. Qué debe hacer el equipo jurídicoAportar una valoración válida o solicitar que el juez disponga su realización.Plazo y momento procesalNo hay un término automático único para esta fase. Se controlan la providencia, citación, audiencia, requerimiento o acto que realmente active el plazo.Regla de conteo: se verifica el hecho inicial, la notificación válida, el tipo de días y cualquier suspensión. Actuación, decisión o recursoEs un punto de control técnico. Si una autoridad emite acto o providencia, el abogado verifica notificación, firmeza y recurso aplicable antes de mover el expediente.Cómo sabemos que avanzóLa actuación quedó documentada, la persona pudo participar con los ajustes requeridos y el abogado aprobó el cambio. Sigue presentar la demanda de jurisdicción voluntaria. Base jurídicaLey 1996 de 2019, arts. 33 y 37; Decreto 487 de 2022.Fuentes oficiales y alcanceLey 1996 de 2019 — capacidad legal y apoyosCódigo General del ProcesoDecreto 487 de 2022 — valoración de apoyosEsta ruta es orientadora y requiere aplicación humana al caso concreto.